Los seguros de comunidades son realmente útiles a la hora de asegurar edificios de viviendas, además si la comunidad de propietarios se cubre bien contra daños en el edificio y responsabilidad civil, como propietarios podremos abaratar nuestros seguros individuales del hogar.
Por otro lado, debemos saber que el seguro de comunidad es obligatorio salvo que la comunidad de propietarios disponga de un fondo de reserva para cubrir la obras de reparación y conservación del inmueble que equivalga al 5% del último presupuesto de la comunidad.
Consejos al contratar un seguro de comunidad
Antes de contratar el seguro de la comunidad de propietarios deberemos tener en cuenta los siguientes puntos de interés:
- Coberturas por debajo de su valor: ninguna aseguradora nos va a garantizar la reconstrucción total del edificio es caso de que haya que derribarlo por algún tipo de siniestro que se encuentre cubierto por la póliza. En nuestra opinión este hecho resulta inapropiado cuando aseguramos el inmueble por la cantidad que nos recomienda la aseguradora y la comunidad no pone problemas con la cláusula de revalorización de capitales, pero es lo que hay.
- Franquicias: los seguros de algunas compañías de seguros tienen una franquicia de daños por agua o bien limitan la indemnización por esta causa, sobre todo si el inmueble es antiguo.
- Deducción en indemnización por antigüedad: es importante que aseguremos el edificio a valor de nuevo, sin que la indemnización disminuya en función de la depreciación por antigüedad y uso del inmueble.
- Seguro de responsabilidad civil de la comunidad: es aconsejable que se asegure un capital de, al menos, seiscientos mil euros por siniestro, ya que las indemnizaciones por responsabilidad civil, sobre todo si hay daños físico, pueden ser muy altas.
- Servicios de profesionales: muchas aseguradores ponen a disposición de las comunidades profesionales que se encargarían de las reparaciones que deba atender la comunidad en caso necesidad o de que se haya producido un siniestro no incluido en las coberturas. La comunidad deberá hacerse cargo de los gastos pero algunos servicios pueden ser gratuitos y los precios, aparte de concertados, en algunos casos son muy interesantes.
Combinar el seguro de hogar con el de la comunidad
Resulta bastante corriente que el seguro de la comunidad cubra los daños al continente producidos en las partes privativas del edificio, es decir, en las propias viviendas. Estos daños también están cubiertos por los seguros del hogar, siendo ciertamente innecesario estar cubiertos doblemente por el mismo tipo de riesgo. Si nuestro seguro de la comunidad cubre adecuadamente las partes privativas, podremos abaratar nuestro seguro de hogar individual.
No obstante deberemos asegurarnos de que el seguro de la comunidad declara correctamente la superficie de nuestra vivienda y que la cantidad asegurada garantizaría suficientemente una posible reconstrucción.
También es muy frecuente que las propias aseguradoras de la comunidad ofrezcan descuentos a los vecinos que contratan su seguro del hogar también con ellos.
No obstante, debemos ser conscientes de que los seguros de comunidades no suelen cubrir daños en las zonas privadas, como pueden ser daños por inundaciones provocadas por roturas de cañerías propias de nuestra vivienda, roturas sanitarios o cristales propios de nuestro hogar.
Seguro de hogar y seguro de comunidad
Al final llegamos al punto de que seguro de hogar debemos contratar. Si nuestra comunidad de propietarios NO dispone de un buen seguro, entonces deberemos asegurar el continente y la responsabilidad civil de nuestro hogar, incluyendo también la parte que nos corresponda como copropietario. Si no podemos asumir su pérdida, deberemos incluir en las coberturas el mobiliario. También es recomendable incluir la responsabilidad civil familiar, lo que implica tener que asegurar el contenido.
Al asegurar el contenido debemos saber que si lo hacemos por una cantidad inferior a la real, la aseguradora aplicará la regla proporcional, que implica que la indemnización disminuirá en proporción a la prima inferior que se haya pagado.
Si nuestra comunidad de propietarios SI dispone de un buen seguro pero el valor asegurado del edificio NO es correcto, entonces deberemos asegurar la responsabilidad civil, la defensa jurídica, y, si nos interesa, el mobiliario.
Cuando el valor asegurado del edificio SI es correcto deberemos completar el capital en nuestra póliza -mejor a primer riesgo-, asegurando la responsabilidad civil y, si nos interesa, el mobiliario. En este caso puede resultar interesante contratar nuestro seguro con la compañía de nuestra comunidad de propietarios ya que puede implicar un ahorro interesante.
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